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Ley Orgánica del Poder Judicial Artículo 183 bis Provincia de Jujuy


Ley Orgánica del Poder Judicial Jujuy
Artículo 183 bis.

Bajo la directa dependencia del Superior Tribunal de Justicia, créase el Departamento de Prensa y relaciones Públicas, el que tendrá a su cargo:

1.- Las funciones protocolares y de Relaciones Públicas del Superior Tribunal de Justicia, en las actividades propias del Poder.

2.- La debida difusión en los órganos de prensa de los actos que emanen de la administración de justicia.

3.- El seguimiento, clasificación y archivo de todas las noticias difundidas por los medios masivos de comunicación, referentes al Poder Judicial y administración de justicia.

4.- Cualesquiera otra función o actividades afines que por reglamentación le asigne el Superior Tribunal de Justicia. (*) Artículo incorporado por Ley Nº 5.015.



Provincia de Jujuy Artículo 183 bis Ley Orgánica del Poder Judicial
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Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?



pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias




buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?



Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.



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